sábado, 20 de abril de 2013

Guatemala reitera Caso belice SEMINARIO PROYECTO DE NACION GUATEMALA 2013,


CASO BELICE

El gobierno de la república reitera ante el pueblo de Guatemala  su compromiso y su decisión de cumplir con el mandato constitucional que establece que Belice es parte del territorio de Guatemala y que el ejecutivo debe realizar  todas las gestiones que tiendan a resolver su situación de conformidad con los intereses nacionales.

El ministerio de relaciones exteriores  a su vez, cumplen en esta forma con divulgar todo lo relacionado con el problema de Belice, asunto el cual le concede la máxima prioridad, se afirma que el gobierno de la república seguirá tomando las medidas que tiendan  a la reincorporación de Belice al territorio nacional,  ocupado por el reino unido de Gran Bretaña e Irlanda del norte.

Guatemala quiere reincorporar parte de las tierras de Belice que  le fueron quitadas con engaños y promesas que no se cumplieron

Tres puntos de importancia capital quedan perfectamente establecidos con la documentación británica fidedignas suministradas por los archivos británicos de honduras.

1.    Al efectuarse la independencia de Guatemala en 1821, se consideraban los ingleses, a pesar de sus pretensiones  y deseos, como simples usufructuarios del territorio de Belice.

2.    Como título a su permanencia en Belice, invocaban los pactos anglos-españoles y, en consecuencia, el tratado y la convención estaban en vigor y exclusivamente a ellos habría de referirse cualquier arreglo con Guatemala, del mismo modo que se hizo con México en 1826.

3.    Los ingleses no habían traspasado la frontera del rio Sibún  después de 1821 y, virtud de la independencia de Centroamérica se extendía la soberanía de Guatemala desde ese rio al sur, todo avance de los ingleses  constituía fatalmente acto usurpatorio.

Belice y la organización de estados americanos

Con motivo  de la segunda guerra mundial, se efectuó en panamá, del 23 de septiembre al 3 de octubre de 1939, la primera reunión de consulta  entre los ministros de relaciones de la repúblicas americanas, en la cual, en previsión de cambios de soberanía de regiones geográficas de América bajo jurisdicción de estados no americanos, se aprobó la resolución XVII, que dice:

     “1. Que en caso de que algunas regiones geográficas  de América sujetas a la jurisdicción de cualquier estado no americano  hubiere de cambiar de soberanía y se crease con ello un peligro para la seguridad del continente americano, se convocara, con la urgencia que el caso requiera, una consulta como ahora se está celebrando.

       2. Queda entendido que esta resolución no se aplicara en el caso de un cambio de situación que proviniera del arreglo de cuestiones pendientes entre estados no americanos y estados del continente”.

Resolución XIX expresa:

“la segunda reunión de consulta entre los ministros de relaciones exteriores de las repúblicas americanas, resuelve: expresar el vivo deseo y la buena voluntad de los países de América en favor de un justo, pacífico y pronto arreglo de la cuestión de Belice, entre Guatemala y la Gran Bretaña”.

Pero, además, se aprobó la resolución XX, que estableció la forma de administración provisional de las posesiones de países no americanos en el continente para un caso de emergencia, ya que podían ser víctimas de la conquista, repudiadas en las relaciones internacionales de las repúblicas americanas, además de poner en peligro la paz y seguridad del continente. En dicha resolución, tomando en consideración los casos de las islas Malvinas y Belice, se dispuso en su último párrafo: “ninguna de las disposiciones que abarca la presente acta, se refiere a territorios o posesiones que son materia de litigio o reclamación entre potencias de Europa y algunas de las repúblicas de América”.

Los derechos de soberanía  sobre determinados territorios del continente, y la necesidad de efectuar estudios sobre los territorios dependientes u ocupados, a fin de determinas las soluciones  que pueda convenir el caso  se resolvió:

1.     crear una comisión  americana de territorios  destinada  a centralizar  el examen del  problema y encontrar una solución adecuada a dicha cuestión.

2.    Que los pueblos y gobiernos americanos estén unidos por el compromiso moral de luchar por medios específicos a su alcance de forma política económica y jurídica.

3.    Que se exprese la simpatía por toda reclamación justa y legítima de cualquier nación  americana con la solución pacifica de todas las controversias en función de la justicia y el derecho internacional.

4.    La vocación por la libertad de los pueblos de América alcance su verdadera extensión y profundidad y el derecho de gobernarse así mismo.

5.    Que la comisión  de la asamblea general de la  OEA designe una comisión especial que se encargue con urgencia del caso de mandante tanto del colonialismo como del neopolialismo y de la usurpación  detecto ríos por estados extranjeros de países americanos.

6.     promover una acción solidaria de los estados americanos  dentro de los órganos de las naciones unidas del continente americano.

 

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